domingo, 8 de marzo de 2009

Función Pública Paraguaya en el Exterior

El padrinazgo y la meritocracia

en la diplomacia paraguaya


Por Fátima Rodríguez


Un artículo firmado por Oscar B. Llanes Torres titulado “Derecho Diplomático- Arte y ciencia” motiva a la reflexión sobre el padrinazgo y los “diplomáticos de carrera”. Si bien el articulista trata de ignorantes a quienes opinamos sin tener acabado conocimiento, es necesario platearse, en la ignorancia aún, algunos puntos sobre la diplomacia paraguaya, que no en vano se ha ganado la desconfianza y la mirada sospechosa.


¿Es suficiente ser funcionario escalafonado- es decir, universitario, con conocimiento de más de una lengua extranjera, no poseer antecedentes policiales- para defender los intereses de una nación? ¿Es suficiente haber aprobado los requisitos de la Junta de Calificaciones, manejada con frecuencia por “escalafonados” que vienen trabajando en sus peldaños de antigüedad desde la época de la dictadura en algunos casos? ¿Es suficiente ser hombre de confianza del presidente sin conocer los procedimientos legales en las Relaciones Internacionales?



El inciso “e” del Artículo 4º de la Ley 1635 reza como función del Ministerio de Relaciones Exteriores: velar por el respeto y protección de los intereses del país y los de sus nacionales en el exterior”. Si bien está claro que el MRE tiene otras funciones más importantes que están señaladas en los primeros cuatro incisos de la ley orgánica, a los nacionales que vivimos en el exterior nos interesa este punto en particular porque nos afecta directamente.


El planteamiento de este profesor universitario invita al debate sobre la Carrera Diplomática en el Paraguay pues en su optimismo refiere a una clase que no hemos tenido la dicha de conocer y a quienes esperamos por Buenos Aires, al menos un millón de Paraguayos. Los verdaderos diplomáticos de carrera, con trayectoria, que iniciaron una vida funcional desde lo que marca la ley y promovido a las subsecuentes categorías, con esmero y estudio, con dedicación y amor, con transparencia y pulcritud, con voluntad y sin titubeos, paso a paso, entregando a la carrera su humor y su salud, con discreta discrepancia y anhelado sueño”.


Si bien la Ley Orgánica del MRE y la Ley 1.335/99 Del Servicio Diplomático y Consular de la República del Paraguay han sido importantes en la instrumentación de la Ley de la Función Pública camino a la selección por méritos, es evidente que aún nos falta muchos años por andar y no nos vendría mal plantearnos una seria reforma del concepto de la función pública antes de seguir en la perorata de la simple legalidad del procedimiento de nombramientos y promociones.


Es evidente que estamos lejos de abandonar el sistema de padrinazgo naturalizado por el Partido Colorado que manejó siempre los cargos públicos como botín electoral, por lo que al tener una estructura de puros ahijados colorados se impone el nombramiento en cargos claves de hombres de confianza que deberán tener en cuenta las nuevas políticas de este gobierno que se supone es diferente al anterior. Y al decir “hombres de confianza” no referimos a la confianza emanada de la amistad y la confidencia, sino a la de capacidad y lealtad para con los intereses del país.

Hombres de confianza, capaces, idóneos, que tengan compromisos con la política de un cambio en las relaciones del Estado para con sus ciudadanos residentes en el exterior. Hombres que se sometan a las leyes, pero que las haga cumplir.


Mientras tanto, la política exterior paraguaya debe ser más clara, porque los actuales “funcionarios de carrera” han pasado por un procedimiento de selección y promoción que es legal y sin bien insisten en su “idoneidad y probada honestidad” no convencen como funcionarios, pues se manejan como simples empleados a quienes sólo les interesa cobrar su sueldo a fin de mes. Sino, que se le pregunte a los más de un millón de paraguayos que han debido pasar en los últimos tiempos por el consulado paraguayo en Argentina.




“EJAPO NDE GASTOR” (Fabrica para tus gastos)


La informalidad, la corrupción como comisión de delito y la corrupción como no cumplimiento de las obligaciones no han podido menguarse con credenciales de conocimientos de leyes diplomáticas ni clases de protocolos en las misiones diplomáticas paraguayas, al menos en la Argentina. No hace mucho tiempo, ante el reclamo a un funcionario -de la Policía Nacional con misión en el consulado- por un pedido de coíma, este se excusó con naturalidad ante el reclamante con la justificación de un sueldo muy bajo que no le alcanzaba para llevar una vida digna en Buenos Aires y la orden de sus mismos superiores que le habían dicho “Ejapo nde gastorâ upepe”.


Los consulados tienen como misión legal recaudar para la administración central del Estado. Ahora, cómo podemos esperar que el Estado “vele por los respetos y los intereses de sus nacionales en el exterior” si ese mismo Estado no respecta a sus nacionales en el extranjero. Pues es una falta de respeto que el Estado tenga funcionarios tan mediocres, tan corruptos y tan faltos de ética que se excusen de su bajo sueldo para la corrupción.

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