lunes, 22 de diciembre de 2008

Argentina: Conclusiones del II Foro sobre Migraciones y Derechos Ciudadanos

La Plata, Argentina.- El II Foro sobre Migraciones y Derechos Ciudadanos ha sido un anhelo concretado. Realizado los días, viernes 21 y sábado 22 de noviembre de 2008, en el Salón Auditorio de la Honorable Cámara de Diputados de La Provincia de Buenos Aires, donde fue declarado de Interés Legislativo y en el Salón Dorado de la Ilustre Municipalidad de La Plata, donde fue declarado de Interés Municipal.

Principales Conclusiones del II Foro sobre Migraciones y Derechos Ciudadanos - La Plata, 21 y 22 de noviembre de 2008.

1.- Ratificar el reconocimiento a la República Argentina como el país con una de las legislaciones más avanzadas en la región, en temas de migración y derechos ciudadanos de los migrantes, por tanto proponemos que ésta sea compartida y homologada por los países que integran la Comunidad Sudamericana. Al respecto, señalamos la Ley de Migraciones N° 25.871, del 20 de enero de 2004, la implementación del Programa de Regularización Documentaria "Patria Grande" y la creación del Programa "Provincia 25" para los argentinos residentes en el exterior, Resolución N° 452 del Ministerio del Interior, del 12 de marzo de 2007.
2.- Implementación de un documento común de identidad, que permita el libre tránsito y el ejercicio ciudadano, al menos en el territorio regional sudamericano. Queremos recordar que dicho documento está planteado por los regímenes de integración subregional (COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES, MERCADO COMUN DEL SUR, COMUNIDAD SUDAMERICANA DE NACIONES), propuesta que intenta replicar la experiencia de la Unión Europea, como un mecanismo concreto de integración regional.
3.- Las colectividades hermanadas de Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay residentes en Argentina, unidas y comprometidas en la búsqueda del ejercicio pleno de ciudadanía, exigimos a las autoridades de cada nación, el inmediato tratamiento e implementación del voto en el exterior, en la modalidad más conveniente para cada país, por entender, entre otras consideraciones, que el ejercicio del sufragio es un derecho humano universal e impostergable.
4.- Creación, en las respectivas circunscripciones de los consulados bolivianos, brasileños, chilenos, paraguayos, peruanos y uruguayos, de instancias reales de participación y comunicación entre el Estado Nacional de origen y la Comunidad Emigrante residente en Argentina. Estos Consejos Consultivos Consulares, cuyas tareas de carácter social, cultural, artístico, educativo, emprendimientos, etc., deben apuntar al objetivo fundamental de mantener el vínculo entre el país de origen y la población emigrante. Para ello, es necesario un mecanismo de generación democrática de elección de sus miembros que asegure la representatividad de la población migrante como práctica de participación ciudadana.

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